DECRETA MEDIDAS DE PROTECCIÓN A FAVOR DE LA VICTIMA así como a su grupo familiar, durante un (01) año, consistente dichas medidas en: Primero: Prohibición de la ciudadana Anaís Rattia de acercarse a la victima o a cualquier integrante de su grupo familiar, medida esta que deberá serle impuesta a dicha ciudadana por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, y/o representantes del Ministerio Público, quienes deberán levantar acta respectiva y remitirla a este Tribunal; Segundo: Recorridos policiales y visitas domiciliarias frecuentes, por el domicilio de la victima, las cuales deberán ser cumplidas por funcionarios policiales adscritos al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre. En razón de que la dirección de la victima se encuentra bajo reserva fiscal se acuerda librar oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a los fines de solicitarle la designación de funcionarios que deberán cumplir de inmediato la medida .....