que Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Región Oriental, Cumaná, a los fines de que practique la evaluación psicosocial a los penados JOSÉ RAMON AGUILERA RENGEL, Venezolano, 22 años de edad, soltero, de oficio obrero, indocumentado, hijo de Petra Aguilera y German Rengel, residenciado en la calle San Juan de Dios, Cariaco, casa S/N, cerca de la cancha, Municipio Ribero, Estado Sucre y YONNY JOSE MARIÑO, Venezolano, 28 años de edad, soltero, de oficio ayudante de albañil, indocumentado, hijo de Guillermina Mariño y Freddy Gómez, residenciado en el sector el canal de los Bloques, casa S/N, cerca de los Bloques, Cariaco, Municipio Ribero, Estado.....