este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA la solicitud de Reconsiderar y Modificar La Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, peticionada por la abogada CARMEN CANDALLO MEDINA, defensor público penal del ciudadano JOSÉ ADOLFO VILLARROEL ROSAL, venezolano, natural de Carúpano, soltero, nacido en fecha 30-03-1981, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.406.401, de oficio indefinido, hijo de José Del Valle Villarroel y Migdalis Rosal de Villarroel, residenciado en la calle Principal de playa de sal, detrás de la Gallera Carúpano, Estado Sucre por la comisión de los delitos de HOMICIDIO AGRAVADO EN GRADO FRUSTRACIÓN, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES GRAVES Y DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTR.....