Por consiguiente éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado Juan Jesús Rivas Marcano, ampliamente identificado en autos, por estar incurso en la comisión del delito de Lesiones Personales Genéricas, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la niña Grisbelli del Valle Hernández Marcano, quien deberá cumplir con la siguiente condición: Presentarse cada quince (15) días por ante la Comandancia de Policía de Tunapuy Municipio Libertador del Estado Sucre por un lapso de Seis meses, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.- Así mismo se decreta que dicha aprehensión fue realizada en Flagrancia y se ordena que el presente procedimiento sea llevado por vía ordinaria, de c.....