Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Niega lo solicitado por los abogados VÍCTOR DÍAZ ORTÌZ Y JESÚS REAL MAYZ, apoderados Judiciales de la empresa demandante AUTOCAMIONES REAL, C.A., y en consecuencia, ordena CITAR a la parte demandada, ciudadana YANET ROJAS, a fin de que comparezca por ante este Tribunal, al Segundo (2) día de despacho siguiente a su citación, a darle contestación a la demanda.-