Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano; constituido como Tribunal Mixto con Escabinos, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; POR CONSENSO de todos sus miembros CONDENA al acusado GREGORY JOSE SALCEDO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 15.414.303, soltero hijo de Luis Ramón Salcedo y Rosalía García, residenciado en: el Sector La Cumbre de Charallave, Carúpano, Estado Sucre, a cumplir la pena principal de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO en perjuicio del hoy occiso ANDY MATA SUNIAGA, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1° del Código Penal; asimismo, las penas accesorias que se le imponen al Acusado son las siguientes: 1.- La Inhabilitación Política durante el tiempo de la condena y 2.- La Sujeción a .....