este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA FORMALMENTE LA INTERRUPCIÓN DEL DEBATE en la presente causa seguida al ciudadano ROSA ISABEL ACUÑA DE REYES, venezolana, de Cumanacoa Municipio Arenas, titular de la C. I. V-6.902.243 de 73 años de edad, de profesión u oficio docente jubilada, residenciada en el Parcelamiento Miranda, sector C, Calle Maracaibo, Quinta Rolonya, Cumaná, Estado Sucre; quien se encuentra defendida por la abogada ESLENY MUÑOZ; por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 74 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de F.O.N.D.A.F.A. y SE REPONE LA CAUSA al estado de dar inicio al juicio y se fija para ello el día 31 de agosto de 2016 a las 3:00 p.m.