Por todas las razones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la aclaratoria del fallo. En consecuencia, se condena a la parte demandada, ciudadana MERCEDES TRINIDAD HERNANDEZ ROSAS, a cancelarle al actor la cantidad de Trescientos Treinta y Cinco mil Bolívares (Bs. 335.000), que comprende las siguientes actuaciones: 1- Estudio, redacción y consignación de escrito de contestación de la demanda inserta a los folios 42 y 43 de fecha 11 de Julio de 2.023. 2- Diligencia donde solicitó computo de los días de despacho y copia certificada del expediente inserta al folio 50, de fecha 15 de Octubre 2.023. 3- Diligencia donde ejercicio el recurso de apelación de la sentencia dictada por el tribunal de la causa inserta al folio 51, de fecha 30 de Octubre 2.023.....