Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo, del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA PRETENSION DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA del inmueble constituido por una PARCELA de terreno y la VIVIENDA UNIFAMILIAR de tres (03) niveles o plantas sobre ella construida, signado con nomenclatura interna "VILLAS 05" de la urbanización "VILLAS MEDITERRANEÈ", ubicado en la calle Bolívar en jurisdicción de la Parroquia Valentín Valiente, municipio Sucre del Estado Sucre. La Parcela posee un área de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (120,64 m2) que equivale a 7.7779067% y a sus linderos son: NORTE: cinco metros con ochenta centímetros (5,80 mts) en línea recta que linda con el Colegio .....