Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana MARÍA LUISA FRANCO AMUNDARAIN, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.347.430 y domiciliada en la Urbanización Rómulo Gallegos, edificio 8-A, apartamento 5, piso 2, Sector Cascajal, Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, contra el ciudadano ADOLFO JESUS MATA MILLÁN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.164.238 y domiciliado en la Urbanización Fe y Alegría, Sector Superbloques, Edificio 48, piso 7, apartamento 07-04, Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, y en consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, en fe.....