este Tribunal, existen elementos de convicción que hacen presumir la participación de la adolescente XXXXXXXXXXXX en el hecho investigado ya referido, es decir, DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUEPFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos en los artículos 31 de la Ley orgánica del trafico ilícito y Consumo de sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, en razón de ello, este Tribunal decreta con lugar la solicitud del Ministerio Público, y en ese sentido impone a la imputada de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD ,contenida en el artículo 582 literal "G" de la LOPNNA; en contra del XXXXXXXXXXX Consistente dicha cautelar en la OBLIGACIÓN DE PRESENTAR FIADORES. Se acuerda mantener la privación de libertad hasta tanto la imputada presente dos (02) fiadores, quienes deberán presentar constancia de trabajo con un salario equivalente a treinta (30) unidades tributarias que equivale a Mil Seiscientos Cincuenta (1.650) bolívares fuertes mensuales, Carta de Residencia, constancia de buena cond.....