Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión correspondiente, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA SIN LUGAR la Sustitución de la Privación Preventiva de Libertad, decretada desde la fase preparatoria en contra del acusado ROBERT JOSE SALAYA MATA, titular de la cedula de identidad Nº V-15.877.781, a quien la Fiscalía del Ministerio Publico les imputa los delitos de VIOLACION y HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previstos y sancionados en los artículos 374 y 405 en concordancia con las agravantes del artículo 77 numerales 8 y 12 ambos del Código Penal , en perjuicio de la ciudadana quien en vida respondiera al nombre de NEOMARYS ISABEL JIMENEZ CASTILLO. Por no haber variado las circunstancias que dieron origen a la misma conforme a los artículos 250, 251 y 243 primer aparte todos del Cód.....