DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes señaladas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre se la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA del asunto seguido al xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxal Juzgado de Juicio de la Sección de Adolescentes de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar; toda vez, que es el competente para conocer del mismo, a los fines de su correspondiente actuación; acordándose librar oficio dirigido al Comisario Jefe del CICPC de esta ciudad, con el objeto que comisione a funcionarios adscritos a ese órgano aprehensor, para que a la brevedad posible trasladen al mencionado ciudadano hasta el Juzgado de Juicio de la Sección de Adolescentes de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, con el objeto de ser colocado a la orden del mencionado Juzgado. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución.....