Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del adolescenteXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de la niñaXXXXXXXXXXXXXXXXXX; de conformidad con el artículo 582 literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en presentarse cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y la prohibición de acercarse a la víctima y sus familiares. Se otorga la libertad del imputado de autos desde la Sala de audiencias. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la .....