este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, acuerda e imparte su HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.