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Decisiones del dia 07/06/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 18.529 N° Sentencia : 08 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
MARCOS ANTONIO RODRÍGUEZ GAMARDO Y ODILIA DE JESUS RODRÍGUEZ
Resumen:
Ahora bien, como se desprende de autos, los solicitantes de común acuerdo han convenido en que se lleve acabo la disolución del vínculo matrimonial que los une y como quiera que se han cumplido los extremos legales para su procedencia, habiendo formulado oposición el representante del Ministerio Público, y subsanada la omisión por los solicitantes, en virtud de ello, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DISUELTO el matrimonio contraído por los Ciudadanos MARCOS ANTONIO RODRÍGUEZ GAMARDO y ODILIA DE JESUS RODRÍGUEZ, por ante la Prefectura Valentín Valiente del Municipio Sucre del Estado Sucre, según acta Nº 100. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN. .....
Juez/Ponente:
Gloriana Moreno Moreno
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 18.419 N° Sentencia : 09 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Cobro De Letra De Cambio Por In Timacion
Partes:
OSWALDO MORALES R. CONTRA GREGORIO RIVAS MATUTE Y MIGUEL RIVAS MATUTE.
Resumen:
Ahora bien, observa esta Jurisdicente que el auto a que se contrae el particular tercero, es explícito y muy claro al indicar que el lapso fijado para la comparecencia de los demandados, se estableció conforme al artículo 650 del Código de Procedimiento Civil, a los efectos de que se dieran por Intimados, dado que fue imposible su Intimación personal, como se desprende del particular segundo. De manera que, no habiéndose producido tal comparecencia, ni por si, ni por medio de apoderado, lo procedente es la designación de un Defensor Ad-Litem, como asimismo lo contempla el precitado artículo, y no como pretende el apoderado actor diligenciante de que se proceda como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, que sería la consecuencia jurídica de otro supuesto de hecho normativo, que es el contenido en el artículo 651 eiusdem, para el caso de que lograda la Intimación personal, el intimado no hubiere comparecido a pagar ni a formular oposición al Decreto Intimatorio en la oportun.....
Juez/Ponente:
Gloriana Moreno Moreno
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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