. Este Juzgado Sexto Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre Con Sede En La Ciudad De Cumaná, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Acuerda PRIMERO: Se acuerda CON LUGAR, la solicitud planteada por el Ministerio Publico y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA iniciada en contra de la ciudadana JORGE GERARDO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, de 36 años de edad, manifestó estar cedulado bajo el Nº V- 13.221.675, de estado civil soltero, de nacionalidad Venezolano, natural de esta ciudad, nacido en fecha 01/10/1977, de profesión u oficio mecánico, hijo de Jorge Martínez (f) y Elsa González (v), residenciado en la Urbanización Brisas del Golfo, calle principal, casa Nº 388, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0414.194.8806.