Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto abogado JESÚS ANTONIO MAYZ, , Defensor Público Quinto del estado Sucre, con competencia en materia Penal Ordinario, actuando como defensor de los ciudadanos JOSÉ JESÚS GONZALEZ, RAMÓN ANTONIO RAMOS, ENYERBER JOSÉ YENDEZ, MARIO ANTONIO RODRÍGUEZ Y JESÚS RAFAEL RAMOS, contra decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 12 de Febrero de 2014, mediante la cual decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD BAJO FIANZA en contra de los ciudadano antes mencionados, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano BELIÍSMAR LÓPEZ RIVE.....