ESTE TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA por el procedimiento por admisión de los hechos para la imposición de pena, al ciudadano OMAR ENRIQUE GARCÍA ASTUDILLO, venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-14.660.493, de estado civil soltero, natural de Cumaná; nacido en fecha 08-10-79, de profesión u ocupación albañil, hijo de Omar José García Hernández y Luisa Astudillo, residenciado en Araya, barrio 4 de diciembre, sector las velitas, vereda 7, casa Nº 7, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre; teléfono 0424-855.03.86; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESOR.....