Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por prestaciones Sociales y otros conceptos laborales intentada por JORGE GREGORIO HENRIQUEZ AMUNDARAY, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 14.009.295, contra la empresa CONSTRUCTORA SOBERANO DE MONTE 992,C.A.. por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES,
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de Bs. 6.533,83, mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por los intereses de prestaciones sociales, intereses de mora e indexación monetaria, dichos conceptos serán calculados por un único experto, mediante una Experticia Complementaria del presente fallo, cuyos honorarios serán a cargo de la demandada. .....