Con fuerza de los razonamientos precedentemente expuestos éste Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la pretensión de SIMULACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO que hubiere instaurado el ciudadano Antonio Hernández, titular de la cédula de identidad Nº 534.522, actuando según en representación de los ciudadanos Septilia Lira, Luis Alberto Lira y Luisa Hernández, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.880.408, 3.854.345 y 2.438.697,, todo ello según poder debidamente Notariado por ante la Notaria Pública de la Ciudad de Anaco Estado Anzoátegui, anotado bajo el número 33, tomo 61, de fecha 15 de junio del año 2007, de los Libros de Autenticaciones que lleva esa Notaría, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio Moisés Johny Ernest.....