Los penados ALBI JOSE HOSPEDALEZ Y MATILDE DEL CARMEN HOSPEDALEZ, fueron sentenciados los dos primeros cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, los cuatro siguientes WILFREDO JOSE LUNA URBINA, DALBIN JOSE HOSPEDALEZ, OMAR RAFAEL FIGUEROA HOSPEDALEZ, JOSE GREGORIO HOSPEDALEZ , fueron sentenciados a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISION mas las accesorias de Ley, y el último JORDAN JOSE CAMPOS fue condenado a cumplir una pena de DOS (02) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN , fueron sentenciados por el PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISION DE LOS HECHOS , tiempo este señalado en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, último aparte, a fin de optar al Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena, ya que ninguna de las condenas impuestas superan los tres años, como límite superior exigido por el Legislador para que proceda el otorgamiento de este tipo de Beneficio.
CUARTO: Por cuanto Los penados ALBI JOSE HOSPEDALEZ Y MATILDE DEL CARMEN HOSPEDA.....