DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el recurrente abogado JESÚS ANTONIO MAYZ, actuando con el carácter de Defensor Público de los acusados LUIS FELIPE CAMPOS Y WUELMAN LUIS JOSÈ SALAZAR MONTES, contra la decisión dictada en fecha 12 de diciembre de 2008, publicada el día 13 de enero de 2009, por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumanà, en la cual CONDENÓ a los acusados ya mencionado a cumplir la pena de seis (6) años de prisión por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 07 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano JOSÈ GREGOR.....