Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en el Libro Primero Titulo V, Capitulo III, específicamente en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le IMPARTE LA HOMOLOGACION correspondiente al CONVENIMIENTO efectuado por las partes anteriormente identificadas en fecha veintiuno (21) del mes de Marzo del año dos mil cinco (2005) por ante el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE..