éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar lo solicitado por el Defensor Público Penal Abog. Edgar Brito, negándose en consecuencia la sustitución de la medida de privación judicial preventiva que recae sobre el acusado ISIDRO DEL VALLE FERNANDEZ RIGUA. Notifíquense a las partes de lo aquí decidido .