En fuerza de las consideraciones hechos y derechos anteriormente expuesta, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: sin efecto la citación realizada en fecha 06/02/2025 al ciudadano MARIO KASABJI CHIDIAK, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 12.267.545.
Segundo: se ordena su citación bajos los parámetros establecidos en el del Código de Procedimiento Civil de los ciudadanos: GABRIEL JOSE KASABJI ARNAWID, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros V-29.822.251 y ENMMA MARÍA LOURDES KASABJI CHEDIAK, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 16.484.997.
Publíquese. Regístrese, déjese copia incluso en la Página Web de este Tribunal, y déjese copia certificada en el copiador de sentencia de este .....