Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela decreta la cesación de la medida de libertad asistida impuesta a "omissis" por la comisión de los delitos de Robo Agravado, Violación, y Lesiones Personales Del Tipo Legal Básico, previstos en los artículos 458, 375 y 413 del Código penal vigente, en perjuicio de los ciudadanos Iveray Pericia Marval García, José González, Franklin Méndez, Maria Valentina Salazar y Félix Brito, ordenándose el inicio de la medida de Reglas de conducta por el lapso de un (01) año, cuatro (04) meses y veinticinco (25) días. Quedando obligado a 1) presentarse una (01) vez al mes por ante el alguacilazgo de este Circuito judicial penal. 2) no cometer nuevos hechos delictivos. 3) estudiar y/o trabajar debiendo presentar la respectiva constancia de estudio y/o trabajo. Tod.....