SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada YURAIMA FELICIA BENITEZ REBOLLEDO, Defensora Pública Séptima con Competencia en materia Penal Ordinario, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; actuando en este acto con el carácter de Defensora Pública de los ciudadanos imputados JOSÉ GREGORIO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad Nº V-13.772.852, LUÍS ALBERTO BRITO MOREY, titular de la cédula de identidad Nº V-9.976.623, y CARLOS EDUARDO PALOMO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad Nº V-25.578.976, en contra de la decisión dictada el 13 de noviembre de 2015, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná.