Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Primero: Se declara PENALMENTE RESPONSABLE al adolescente CRUZ DANIEL MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 01/03/1.998, de 18 años de edad, adolescente para el momento en que se suscitan los hechos imputados, titular de la cédula de identidad Nº V-31.209.250, soltero, sin oficio definido, hijo de Mayra Rodríguez y Alberto Martínez, residenciado en Punta Araya, Sector Caracolito, Casa S/N, frente a la Iglesia Coromoto, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre, teléfono 0426-4847512, por su participación en la comisión del delito de CÓMPLICE DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRA.....