es por ello que lo ajustado a derecho es decretar al adolescente de marras DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD. En consecuencia este Tribunal de Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se decreta DETENCIÓN JUDICIAL de los XXXXXXXXXXX por encontrarse presuntamente incursos en los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPERFACIENTES Y PSICOTRIOPICAS, para asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar, en relación a la solicitud de la fiscal del Ministerio Público de que este tribunal se pronuncie , si concurren las circunstancias de la aprehensión en flagrancia, este juzgado decreta la aprehensión como flagrante, pero continuará el proceso por el procedimiento ordinario. En cuanto a lo solicitado por la defensa publica de que se decrete la nulidad del procedimiento en virtud de que el mismo no se re.....