Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA improcedente el cese de régimen de prueba, decretado por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, en virtud de que al penado OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ