Por todos los motivos de hecho y de Derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de citación de la demandada, solicitada por la ciudadana ARBELIA JOSEFINA SUÁREZ de DÍAZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.426.498, asistida por el Abogado en ejercicio JOSÉ JESÚS ABREU ORTÍZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.206, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO ha incoado en su contra el ciudadano RAÚL RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 13.771.335, representado judicialmente por los abogados en ejercicio ELBA MILLÁN y CARLOS LÓPEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 21.380 y 105.237, respectivamente. Y así se decide.-------------------------------
Publíquese, r.....