Este Tribunal Segundo de Control de la sección Penal de Adolescentes actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXXXX, Venezolano, de 18 años de edad, cédula de identidad N°. XXXXXXXXXXXXX, domiciliado en XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, a quien en la presente causa se le seguía averiguación por uno de los delitos contra la propiedad perjuicio de María Magdalena Guillen Ramírez, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 561 literal ¿D¿ de la LOPNA .