Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por el ciudadano CARMELO JOSE NARVAEZ, contra los ciudadanos MAYROBIS CARMELINA, ISKRA JOSE Y DIOMAR JOSE NARVAEZ ROSAL. –