Por las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA la acumulación del expediente RJ01-P-2010-000047 al expediente RP01-P-2009-005457, seguido a los acusados JOSE LUIS MAGO SALAZAR, venezolano de 27 años de edad, indocumentado, residenciado en el Barrio el Cascajal calle ciega casa sin numero, y FRANCISCO JOSE ANDRADE VALLEJO, titular de la cédula de identidad Nro 21.339.031, por la presente comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1 en relación al articulo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de GABRIEL LEVARIO SORIA LOPEZ HERRERA y JESUS EDUARDO MAICAN CARDOZO (OCCISOS), todo ello en atención al contenido del artículo 73 del Código Orgánico Procesal Pen.....