Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal De Juicio De La Sección De Responsabilidad Penal De Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sanciona por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al adolescente XXXXXXXXXXX, venezolano, de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad XXXXXXXXXX, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 31-07-1992, de oficio Estudiante, residenciado en XXXXXXXXXXXXXX; por la comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ALICIA DEL CARMEN MAZA MAÍZ, a cumplir la sanción de REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de un (01) año, medida ésta prevista en los artículos 620 literal "b", y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en mantenerlo incurso en el sistema educativo, o realizar alguna activid.....