Es por lo que éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA MEDIDA DE PROTECCION al ciudadano BRAUNICE MARIN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.944.938, residenciado en la calle Principal, casa s/n, El Morro de Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, como a su núcleo familiar, en consecuencia se ordena al Comandante de la Policia de la Región N ° 3 de ésta ciudad , para que ordene a los funcionarios adscritos a su comando, destacados en la localidad de El Morro de Puerto Santo, Municipio Arismendi para que se realicen RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS en la residencia del referido ciudadano, por un lapso de SEIS ( 6 ) MESES, a fin de garantizarle su integridad física y su oportuna participación en el proceso. . Remítase la presente decisión junto con las act.....