este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por el procedimiento especial de admisión de los hechos, a los ciudadanos: LUÍS ALFREDO MARVAL LEMUS, y MARIOXIS DEL VALLE TREMARIA TREMARIA, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas: WAIQUIRIAN ARIAS y ADELMARYS BOLÍVAR, a cumplir la pena definitiva de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión los delitos de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas: WAIQUIRIAN ARIAS y ADELMARYS BOLÍVAR,; pena ésta que cumplirá aproximadamente en el año dos mil dieciocho (2018). Se revisa la medida Privativa de Libertad que pesaba sobre los acusados de autos y se les sustituye po.....