RATIFICA la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano: MARCO ANTONIO MARCANO URBAEZ, venezolano, natural de Carúpano. Estado Sucre, donde nació el 05-06-1979, soltero, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.422.004, domiciliado en la Urbanización Guayacán de las Flores. Sector II, Vereda 48, casa N° 04. Parroquia Santa Catalina. Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de FALSEDAD DE DOCUMENTO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 319 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, ordinales 1°, 2° y 3°; 251, ordinales 2°, 3° y 4° y artículo 252, ordinales 2° del Código Orgánico Procesal Penal.-