este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Acuerda: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en contra del imputado Richard Omar Gil Narciso, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.331.597, nacido en fecha 06-05-1990, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante de administración, hijo de Omar Gil y Emilia Narciso, y residenciado en la Avenida El Ejercito, Sector La Muralla, Casa S/N, Maturín, Estado Monagas; por la presunta comisión de los delitos de: Violencia Psicológica y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Leny Elisabet Blanco .....