En virtud de lo expuesto este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, declara Sin Lugar y en consecuencia Niega la solicitud la de Sobreseimiento por Prescripción de la Acción Penal, presentada por el Defensor Privado, Abg. Alejandro Rodríguez, en su carácter de representante legal del adolescente acusado XXXXXX, venezolano, de 25 años de edad, (adolescente para el momentos de los hechos) titular de la cédula de identidad N° V-XXXX, hijo de XXXX y XXX, domiciliado en la XXXXXX, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la niña XXXXXX, de conformidad con lo establecido con en el artículo 615 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese Boletas de Notificaciones a las partes (Fiscal del Ministerio Público y Defensa). Líbrese Boleta In.....