DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara IMPROCEDENTE la solicitud efectuada por la Abogada ELIZABETH BETANCOURT PEÑA, actuando en su carácter de Defensora Pública Primera con Competencia en Materia Penal, de la oficina de Defensa Pública, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Sede Cumaná, procediendo en representación del ciudadano PASCUAL AUGUSTO LONGART, acusado de autos y titular de la cédula de identidad número 23.582.510, quien fuere condenado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de esta Sede Judicial, a cumplir una pena de VEINTITRÉS (23) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias legales pertinentes, por encontrarlo incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 2 del Código Pe.....