Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por incumplimiento de contrato intentara la sociedad mercantil NAVES DE MARGARITA C.A., en contra de la empresa COMPAÑÍA ANONIMA PUERTO PESQUERO INTERNACIONAL DE GÛIRIA (CAPPIG), mediante el reenvió proferido por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, que casó de oficio la sentencia de fecha 28 de Abril de 2005, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, de Trabajo y Menores del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Reconvención intentada por la C.A. PUERTO PESQUERO INTERNACIONAL DE GUIRIA en contra de NAVES DE MARGARITA C.A.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apel.....