En consideración a los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano YVAN JOSE SALAZAR, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo los números 91.756., apoderada judicial de del ciudadano JHONNY GUZMAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V- 14.284.501, parte recurrente; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha seis (13) de julio de dos mil diecisiete (2017), dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre, TERCERO: SE REPONE la causa al estado de celebrar nueva audiencia preliminar, CUARTO: No hay condenatoria en Costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo; QUINTO: REMITASE la causa en su oportunidad al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciació.....