"En caso de que la autoridad judicial decretare alguna medida preventiva o ejecutiva sobre bienes de alguna empresa de Seguros, oficiará previamente a la Superintendencia de Seguros para que ésta determine los bienes sobre cuales será practicada dicha medida".
Y por cuanto este Tribunal por una inobservancia, Decretó la Ejecución forzada y libro mandamiento de ejecución, sin cumplir con tal formalidad. Es por lo que este Juzgado de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, deja sin efecto el Despacho librado con oficio N° 1020-531, en fecha 22 de Septiembre de 2010, a cualquier Juzgado Ejecutor de Medidas con Competencia en el Area Metropolitana de Caracas, y en consecuencia se Repone la presente causa al estado de librar Notificación a la Superintendencia de Seguros, a los fines de que informe a este Tribunal los bienes sobre los cuales se debe practicar la medida. Así se decide. A.....