Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano Jhonny Willians Rodríguez Vásquez, venezolano, de 41 años de edad, nacido el 23-06-64, titular de la Cédula de Identidad N° 6.196.139, de profesión u oficio escultor, hijo de Andrés Rodríguez y Gioconda María Vásquez, domiciliado en la entrada de Playa Medina, Sector Vuelta Larga, Municipio Arismendi, del estado Sucre; a cumplir la pena de dos (02) años de prisión, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal y la sujeción a la vigilancia a la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la pena, por la comisión de los delitos de Hurto Calificado en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3° (Asunto N° RP11-P-2006-11.....