Por las razones antes apuntadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: Extemporánea la impugnación que hiciere la ciudadana Mariella Guzmán, titular de la cédula de identidad N° 5.076.897, debidamente asistida por el abogado Wuillians Lemus, inscrito en el IPSA bajo el N° 42.859. SEGUNDO: Se ordena la publicación de los respectivos Carteles de conformidad con el artículo 552 del Código de Procedimiento Civil.