Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Primero De Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, de la Causa Signada con el N°-RP11-P-2005-002422. EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el Penado: Gilberto José Montaggeoni Mendoza. Fue condenado a cumplir la pena de Dos (02) Años de Prisión, mas, las accesorias Legales establecidas en el artículos 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Robo en Modalidad de Arrebaton, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal,