En mérito a lo expuesto este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA como FLAGRANTE LA APREHENSIÓN de los Adolescentes OMISSIS (VARIOS); en la investigación relacionada con la presunta comisión del delito de FUGA, tipificado en el artículo 258 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. ORDENA continuar el presente proceso por el Procedimiento Ordinario, conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 557 y 537, ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: ORDENA COLOCAR a la orden del Juzgado de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, a los Adolescentes OMISSIS (VARIOS); a objeto de continuar el c.....