este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano FAUSTO ANTONIO HERNÁNDEZ GARCÉS, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a los acusados LEONARDO ENRIQUE RUIZ ALEN, venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.575.106; soltero, nacido en fecha 04/04/1986, hijo de Leonardo Ruiz y Yarisa Alen; residenciado en el Barrio Las Palomas, Calle 18, Casa N° 93, detrás del Club Italo, Cumaná, Estado Sucre; y DANIEL JOSÉ JIMÉNEZ ZAPATA, venezolano, de 35 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.740.210, soltero, nacido en fecha 04/03/1977, hijo de Maur.....